lunes, 2 de marzo de 2009

La situación actual en Asturias

La polémica desatada en los foros de autocaravanismo sobre el Reglamento de Campamentos de Turismo (RGCT) del Principado de Asturias ha creado un clima de opinión sobre la acogida de autocaravanas en la CCAA que no se corresponde con la realidad.

Para situar en su justa medida la situación debemos valorar dos hechos: El primero de ellos es el texto de RGCT que prohíbe la acampada libre. En efecto, como en la mayoría de las CCAA la equipara a “...la instalación eventual de otros albergues móviles con intención de permanecer y pernoctar en lugares distintos a los campamentos de turismo autorizados”.

Asturias no es la única CCAA en la que su normativa turística dispone de una redacción parecida. A ello debemos añadir la redacción del Reglamento de Costas que en su artículo 68.3 dice: “Se entenderá por acampada la instalación de tiendas de campaña o de vehículos o remolques habitables”, y cuya aplicación como herramienta legal para reprimir la pernocta en una autocaravana estacionada es la más frecuente.

El segundo hecho consiste en que en algunos lugares puntuales de Asturias se aplica la Ley de Turismo autonómica como herramienta legal.

¿Qué es lo que hace diferente a Asturias?. Son dos circunstancias:

  • la primera de ellas la actitud de algunos empresarios de camping que presionan a los agentes de la autoridad para que denuncien a los autocaravanistas que pernoctan en ellas,
  • la segunda es que, en particular, los agentes del SEPRONA que patrullan la población de Llanes aplican la normativa autonómica en vez de, por ejemplo, la Ley de Costas como venían haciéndolo antes de la aprobación del nuevo Reglamento.
A estas circunstancias se añade, evidentemente, el criterio de la Dirección de Turismo del Principado que, por las razones que sean, probablemente por la influencia del sector empresarial de camping, consideran que pernoctar en el interior de una autocaravana es una infracción administrativa que va en contra de la Ley de Turismo. Esta actitud se refleja en la respuesta a las alegaciones presentadas en los diferentes expedientes sancionadores.

Un análisis sosegado del problema nos lleva a tratarlo en sus causas. En el fondo de la cuestión confluyen diferentes causas que orientan a una sola cuestión: ¿Es legal o no es legal pernoctar en el interior de una autocaravana estacionada? Y, tanto si es legal como si es ilegal, ¿Cuáles son las bases que avalan la legalidad o la ilegalidad?

Si es legal, y estamos convencidos de que lo es, tenemos que demostrarlo a través del diálogo con las administraciones o por la vía jurídica si falla el diálogo y si a la luz de las leyes no es legal, tenemos que establecer iniciativas para que se modifiquen los textos legales .

Los usuarios estamos convencidos de que la aplicación que hace la Dirección de Turismo del Principado en los expedientes por infracción de la normativa turística autonómica no se ajusta a derecho, principalmente, porque el uso interior de un vehículo estacionado es irrelevante en relación a la maniobra de estacionamiento y, como vehículos situados en la vía pública, corresponde aplicar las leyes de tráfico.

Sin embargo el texto tal como está redactado y tal como se puso de relieve en las alegaciones presentadas, aunque fuera de plazo, el único problema que plantea es de una interpretación lesiva que se puede resolver únicamente con una Instrucción aclaratoria de la propia Consejería.

El tratamiento de fondo de este problema requiere, en primer lugar, el diálogo tendente a convencer a la Dirección de Turismo de la legalidad de la pernocta utilizando todos los argumentos que lo avalan, entre ellos, la apelación a los Tribunales de Justicia por medio del recurso contencioso-administrativo que proceda para que los jueces se pronuncien al respecto.

La vía jurídica tiene un doble objetivo en el diálogo, por un lado es un argumento básico porque contiene las bases que avalan la legalidad de la pernocta, por otro, es un objetivo si el diálogo falla.

Hay otras vías para reclamar el respeto al derecho a pernoctar legalmente en las autocaravanas, la presión social es un elemento legal importante cuando se ha constatado que hay una voluntad inequívoca de la administración de imponer sus criterios por encima de la ley o para establecer la necesidad social de modificar los textos legales.

Sin embargo la presión social, bien sea la manifestación pública o el boicot de los camping no modificarán en absoluto la legalidad o ilegalidad de unas normas, por ello, lo primero que hay que establecer es si el ya famoso artículo 3 del RGCT del Principado de Asturias ilegaliza o no la pernocta en una autocaravana estacionada.

Por un lado es de dominio público que se ha establecido un diálogo desde primeros de 2008 entre la PACA y la Dirección del Principado que ha sido sometido a diversas vicisitudes tanto por la situación interna de la Plataforma como de la opinión exterior manifestada desde los foros.

Por otro lado, la última reunión se ha realizado desde el Grupo de Trabajo Permanente añadiendo como interlocutores a la FECC, la FEAA y ASEICAR. Este nuevo planteamiento responde, según se deduce de sus comunicados, de la necesidad de agrupar bajo un solo criterio todas iniciativas, evitando la competencia y las interferencias, añadiendo más criterios argumentales, consensuando los medios y objetivos y presentando una mayor representatividad como interlocutores.

Todavía no conocemos cual será el grado de aceptación de los argumentos por parte de la Delegación de Turismo, pero por primera vez podemos decir que la administración conoce de primera mano todos los argumentos sociales y legales que avalan el derecho a pernoctar a bordo de una autocaravana, cual es la postura de los representantes de los usuarios y estos argumentos han sido estudiados en equipo siendo sometidos a criterio de juristas solventes.

En este momento el problema está situado en el ámbito legal y consideramos que es el camino adecuado para resolver una parte del problema de Asturias, por las vías legal y del diálogo. La presión social, el envío de alegaciones al Reglamento, los escritos a la Dirección, el recurso contencioso y, ¿por qué no?, el anuncio de la manifestación han podido ser los factores desencadenantes para que la Administración se haya decidido a escuchas a los usuarios.

Sin embargo la presión social no influirá en absoluto a la legalidad de la pernocta, antes al contrario, serán la leyes de tráfico las que pondrán en su sitio a las autonómicas.

Es fácil de entender la actitud de muchos compañeros que se han sumado a la marcha sobre Asturias, pero se impone una reflexión.

En primer lugar debemos considerar que una marcha de un grupo numeroso de autocaravanas es un castigo para la ciudad que la va a recibir si no dispone de estructuras adecuadas o se plantea como una reunión lúdica y obtiene la aceptación específica como tal.

En segundo lugar debemos considerar que en Gijón sí nos quieren. Si ha habido problemas en el pasado éstos están resueltos sobradamente. Se respeta escrupulosamente el derecho a pernoctar y está en trámites avanzados la creación de una o dos áreas en la población. ¿Alguien se ha planteado cual será la repercusión de una marcha sobre Gijón en la voluntad del ayuntamiento de crear las áreas?, ¿Alguien se ha planteado preguntar a los promotores de las áreas sobre la conveniencia de la marcha?, ¿Alguien se ha planteado asumir la responsabilidad de una posible actitud negativa sobre el tratamiento de las autocaravanas en Gijón si se crean incidentes con la población?

Estas preguntas, que entran dentro de la razón, se deberían plantear como ejercicio de responsabilidad antes de iniciar una intervención que puede tener consecuencias imprevistas.

Una manifestación nunca puede considerarse como un fin en si misma, sino para que sea eficiente, como un recurso que debe tener un papel asignado dentro de un conjunto de acciones encaminadas a un fin y no debemos olvidar que el fin buscado no es la manifestación sino la despenalización de la pernocta en Asturias teniendo en cuenta que hay otras vías mucho más eficaces y definitivas que una manifestación y que cualquier intervención puede ser inútil e incluso perjudicial cuando se realiza fuera del contexto general del movimiento autocaravanista.

2 comentarios:

Carlos dijo...

Hablamos de si es o no legal pernoctar en una autocaravana. Pero ,¿y si alguien quiere vivir en ella?. ¿Por que no va a poder?.
(siento un agobio social que intenta obligarme a vivir de una forma predeterminada y no me deja ni siquiera dormir alguna noche bajo las estrellas)
Carlos
Gijón

guti dijo...

Hola un bloog muy logrado y le envidio por ver tanto mundo.Le escribo para me envie por favor mapas del oziexplorer. hacerelganso@hotmail.com un saludo