sábado, 6 de septiembre de 2008

El conflicto con el Reglamento General de Campamentos de Turismo del Principado de Asturias

Y PARTE IV (NEGOCIAR O RECURRIR JUDICIALMENTE)

En opinión del autor cada uno de los dos caminos tiene su “tempo” y sus objetivos y ambos, pueden ser paralelos, convergentes o un solo camino constituyendo un todo en una estrategia que maneja ambos “tempos”.

El principal propósito de cualquier intervención es oponerse al texto del Reglamento General de Turismo del Principado de Asturias. La meta a corto plazo puede ser el restaurar la legalidad en la CCAA modificando el texto que impide pernoctar libremente en una autocaravana estacionada en la vía pública.

Pero un objetivo más ambicioso puede ser la creación de jurisprudencia que evite que se repita en el futuro una redacción perjudicial para los intereses de los usuarios de autocaravanas en otra CCAA y que sirva a la vez para evitar el uso lesivo de un texto en otros ámbitos legales como la Ley de Costas.

En cualquier caso y cualesquiera que sean los objetivos el camino puede ser el mismo buscando sinergias entre ambas posibilidades.

En la negociación para suprimir la prohibición de la pernocta en una autocaravana estacionada, del texto del Reglamento General de Campamentos de Turismo del Principado de Asturias, los usuarios podemos utilizar muchos argumentos: la presión social del todo el colectivo, la presión política responsabilizando a la Dirección de Turismo de Asturias ante la sociedad y ante la dirección de su propio partido de la decisión de ilegalizar la pernocta que ha conseguido irritar a más de 30 mil familias y la presentación de recursos por vía judicial al texto del reglamento.

La vía judicial tiene la ventaja añadida de que a corto plazo se puede utilizar como argumento de presión ya que significa la determinación de un colectivo de llegar hasta las últimas consecuencias en la defensa de sus legítimos intereses. A largo plazo representa una solución final a los problemas de fondo del colectivo de usuarios. La vía judicial tiene, por el contrario, la desventaja de la lentitud y del costo como vía única.

Desde un punto de vista de los riesgos es necesario tener en cuenta que no tenemos nada que perder. El mal está hecho y el texto del Reglamento nos priva de la base que justifica el haber comprado una autocaravana. La expansión del criterio de la Dirección de Turismo del Principado, es decir, la ilegalidad de la pernocta, hacia otras CCAA está garantizada en manos de los empresarios de camping y de las vías políticas del partido que sustenta a los responsables de la Dirección de Turismo del Principado de Asturias.

Tenemos, por el contrario, mucho que ganar. Cualquier situación parte de la prohibición del uso de una autocaravana para pernoctar estacionada, es decir de cero, ¿Qué más nos pueden quitar? Cualquier avance es beneficio y tampoco tenemos que temer el enfrentarnos en los juzgados. Los usuarios estamos persuadidos desde siempre de que el pernoctar en un lugar de estacionamiento es un derecho básico que por si mismo justifica la elección de una autocaravana como medio para viajar.

Sin embargo, para disponer de una base legal más sólida, para disponer de argumentos legales sólidos y contrastados que oponer a las administraciones que limitan o prohíben el uso libre de las autocaravanas, incluso de los ayuntamientos que disponen de OOMM que prohíben el estacionamiento de autocaravanas en sus términos municipales, tenemos la necesidad imperiosa de disponer de un dictamen legal avalado por un gabinete especializado del mayor prestigio posible.

Este objetivo debe ser prioritario y urgente y para ello debemos reunir los medios económicos necesarios a través de alianzas y consensos entre las diferentes asociaciones de usuarios.

Hay otros caminos que son los que se han usado frecuentemente en nuestro país que es recurrir a los favores o a los cambalaches, estos caminos nos hacen dependientes de las personas o de los políticos. No es malo disponer de aliados pero es mucho mejor ser autosuficientes, exigir lo que es justo y luchar a muerte por ello sin necesidad de depender del capricho de nadie.

Si tenemos derechos y creemos en ellos debemos también luchar para que se nos reconozcan sin aceptar ningún tipo de imposición ni tampoco la implementación por el método de los hechos consumados de un gol que nos ha metido por toda la escuadra la Dirección de Turismo de Asturias. Debemos ser conscientes de que el partido no ha terminado y en el campo jurídico somos superiores porque tenemos razón.

1 comentario:

Karula dijo...

POR FAVOR NECESITO AYUDA!!!!! ES NUESTRA PRIMERA EXPERIENCIA EN CARAVANA, QUE CONSEJOS NOS PUEDE DAR, TODO LO QUE DEBAMOS TENER EN CUENTA, EXIGIR A LA EMPRESA DE ALQUILER, QUE DERECHOS Y OBLIGACIONES TENEMOS, Y DONDE NOS RECOMIENDA ALQUILAR, SOMOS UNA PAREJA DE 30 AÑOS DE EDAD, VAMOS A IR EN FIN DE NOVIEMBRE PRINCIPIO DE DICIEMBRE 24 DIAS A GALICIA, ASTURIA CANTABRIA Y PAIS VASCO, LAS EMPRESAS MCRENT O CARAVANAEUROPA SON CONFIABLES? QUE OTRA EMPRESA ME PUEDE RECOMENDAR CON PRECIOS ACEQUIBLES Y QUE SEAN SEGUROS Y HONESTOS.
MI MARIDO TIENE UN CARNET ESPAÑOL DE CONDUCIR QUE ES UN CANJE, PORQUE EL ES COMUNITARIO PERO NACIO EN ARGENTINA POR ESO LO TUVO QUE CANJEAR AQUI, LA ANTIGUEDAD DE SU CARNET AQUI ES DE MENOS DE UN AÑO PERO EN EL CARNET FIGURA QUE ES UN CANJE Y QUE EL CARNET EN SU PAIS LO TIENE DESDE HACE 10 AÑOS ME SIRVE ESE CARNET? QUE ME RECOMIENDA LEER PARA OBTENER MAS INFORMACION SOBRE VIAJES EN CARAVANA? MILLONES DE GRACIAS!!!
MI MAIL ES: karula-@hotmail.com O srtak8@yahoo.com.ar GRACIAS!!!!!!!!!